- Comparative Law, Environmental Law, International Environmental Law, Environmental Change, Education, Social Sciences, and 7 moreBusiness, Derecho Ambiental, Direito Ambiental, Payment for Environmental Services, Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado, Ingo Wolfgang Sartet, and IUCNedit
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› guía de implementación Gracias por su interés en esta publicación de la CEPAL Si desea recibir información oportuna sobre nuestros productos editoriales y actividades, le invitamos a registrarse. Podrá definir sus áreas de interés y... more
› guía de implementación Gracias por su interés en esta publicación de la CEPAL Si desea recibir información oportuna sobre nuestros productos editoriales y actividades, le invitamos a registrarse. Podrá definir sus áreas de interés y acceder a nuestros productos en otros formatos.
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El Acuerdo de Escazú, como parte de una nueva generación de instrumentos internacionales de derechos humanos y medio ambiente, incorporó una nueva racionalidad que pretende cambiar, armonizar y mejorar la relación ser humano - naturaleza.
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En Costa Rica, el estatus del ambiente y sus elementos es el de bienes jurídicos comunes o colectivos; del más alto rango; básicos e indispensables para el mantenimiento de la vida y de los procesos ecológicos esenciales; receptados por... more
En Costa Rica, el estatus del ambiente y sus elementos es el de bienes jurídicos comunes o colectivos; del más alto rango; básicos e indispensables para el mantenimiento de la vida y de los procesos ecológicos esenciales; receptados por el sistema como intereses jurídicos en sí mismos, aún en ausencia de certeza o evidencia sobre el riesgo a las personas individuales.
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Los servicios y actividades no esenciales son complementarios al fin público de conservación y uso sostenible de la biodiversidad comprendida dentro de las áreas silvestres protegidas estatales. Su prestación a favor de las personas... more
Los servicios y actividades no esenciales son complementarios al fin público de conservación y uso sostenible de la biodiversidad comprendida dentro de las áreas silvestres protegidas estatales. Su prestación a favor de las personas usuarias de las áreas silvestres protegidas estatales puede brindarse de forma directa para parte del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, o bien, indirecta por medio de sujetos de derecho privado, previa autorización del servicio por parte del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, a través de concesiones y contratos.
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Resumen: De conformidad con la teoría general de la responsabilidad, la existencia de un daño ambiental significativo debe determinarse caso por caso, atendiendo a sus circunstancias particulares. Por ello, se hace imperativo acudir al... more
Resumen: De conformidad con la teoría general de la responsabilidad, la existencia de un daño ambiental significativo debe determinarse caso por caso, atendiendo a sus circunstancias particulares. Por ello, se hace imperativo acudir al uso de criterios objetivos que ayuden a delimitar el margen de discrecionalidad con el que cuenta el operador jurídico en esta materia, a efectos de prevenir posibles arbitrariedades en su aplicación y brindar una mayor seguridad jurídica.
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Desde 1998 y como principio general del ordenamiento jurídico ambiental costarricense, la Ley de Biodiversidad concede derechos a formas de vida distintas a la humana y les otorga un valor intrínseco, con ello los reconoce como sujetos de... more
Desde 1998 y como principio general del ordenamiento jurídico ambiental costarricense, la Ley de Biodiversidad concede derechos a formas de vida distintas a la humana y les otorga un valor intrínseco, con ello los reconoce como sujetos de derechos y destinatarios directos de protección por parte del sistema jurídico.
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El fenómeno de la ecologización del derecho, especialmente de los derechos humanos, empieza a permear las altas cortes de países de nuestra región. Prueba de ello son las sentencias de Argentina, Brasil, Colombia, México y Costa Rica... more
El fenómeno de la ecologización del derecho, especialmente de los derechos humanos, empieza a permear las altas cortes de países de nuestra región. Prueba de ello son las sentencias de Argentina, Brasil, Colombia, México y Costa Rica objeto de análisis del presente artículo, donde es posible observar un verdadero cambio en el abordaje de la relación jurídica entre el ser humano y la naturaleza, ambos destinatarios de protección constitucional y convencional.
